Acuerdo Ministerial MINEDUC-MINEDUC-2025-00030-A: regulación de pensiones y matrículas en Ecuador

El Acuerdo Ministerial MINEDUC-MINEDUC-2025-00030-A regula las pensiones y matrículas en instituciones educativas particulares y fiscomisionales del Ecuador. Conoce qué establece y a quién aplica.

12/16/20253 min read

Imagen destacada del Acuerdo Ministerial MINEDUC-MINEDUC-2025-00030-A sobre la regulación de pensiones y matrículas en instit
Imagen destacada del Acuerdo Ministerial MINEDUC-MINEDUC-2025-00030-A sobre la regulación de pensiones y matrículas en instit

¿A quién aplica este Acuerdo Ministerial?

El reglamento es de cumplimiento obligatorio para:

  • Instituciones educativas particulares

  • Instituciones educativas fiscomisionales

En todos los niveles y subniveles del Sistema Nacional de Educación, incluyendo educación inicial, educación básica y bachillerato.

Las instituciones públicas no están sujetas a este régimen de cobro.

¿Qué regula exactamente el Acuerdo?

El acuerdo establece parámetros claros para:

  • El cobro de matrículas y pensiones

  • La autorización de valores máximos

  • Los incrementos permitidos

  • La transparencia de la información

  • El otorgamiento de becas y descuentos

  • Los mecanismos de control y sanción

Todo cobro debe contar con autorización expresa del Ministerio de Educación, a través del nivel de Gestión Distrital MINEDUC-MINEDUC-2025-00030-A

¿Quién autoriza los valores de matrícula y pensión?

La Gestión Distrital del Ministerio de Educación es la entidad competente para:

  • Analizar el estudio económico-financiero de cada institución

  • Emitir la resolución de costos

  • Autorizar los valores máximos de matrícula y pensión

Ninguna institución puede fijar o modificar valores de forma unilateral

¿Cómo se define la matrícula y la pensión?

Según el reglamento:

  • La pensión neta corresponde al costo anual del servicio educativo por estudiante.

  • La matrícula:

    • Se paga una sola vez al año

    • No puede exceder el 75 % de la pensión neta

  • La pensión se paga de forma prorrateada, según la temporalidad del régimen educativo (intensivo o no intensivo) MINEDUC-MINEDUC-2025-00030-A RE….

¿Se pueden incrementar las pensiones?

Sí, pero solo bajo condiciones específicas y con autorización previa.

El Acuerdo establece dos tipos de incremento:

1️⃣ Incremento por inversión educativa

Aplica cuando la institución invierte en:

  • Mejora de la planta docente

  • Capacitación y formación profesional

  • Infraestructura educativa

  • Recursos tecnológicos y pedagógicos

  • Bibliotecas, equipamiento o acreditaciones

Este incremento:

  • Solo puede solicitarse cada dos años

  • Tiene un límite máximo relacionado con la tasa de interés del Banco Central para el sector educación MINEDUC-MINEDUC-2025-00030-A RE….

2️⃣ Incremento por sostenibilidad del empleo

Aplica cuando el incremento busca:

  • Mantener la estabilidad laboral del personal docente

  • Garantizar condiciones laborales justas

Este tipo de incremento puede solicitarse cada año, y su límite está vinculado al aumento del salario básico unificado

Transparencia: un eje obligatorio

El reglamento refuerza el principio de transparencia. Las instituciones deben informar de forma clara y accesible:

  • Valores autorizados de matrícula y pensión

  • Costos estimados de:

    • Uniformes

    • Textos

    • Útiles

    • Servicios complementarios (transporte, alimentación, extracurriculares)

Un punto clave:
👉 Las familias tienen libertad para adquirir uniformes, textos y útiles donde prefieran.
👉 Está prohibido direccionar compras a proveedores específicos

Además, a partir del año lectivo 2026-2027, el costo total de uniformes, útiles y textos no podrá superar el valor del décimo cuarto sueldo

Becas y descuentos: ¿son lo mismo?

No. El acuerdo diferencia claramente ambos conceptos:

🎓 Becas

  • Son obligatorias

  • Las instituciones deben destinar al menos el 5 % de los ingresos anuales por pensiones y matrículas

  • Pueden ser totales o parciales

  • Deben formalizarse mediante un documento firmado

💳 Descuentos

  • Son voluntarios y discrecionales

  • No reemplazan a las becas

  • Pueden aplicarse por pronto pago, hermanos, hijos de trabajadores, entre otros MINEDUC-MINEDUC-2025-00030-A RE….

¿Qué pasa si una institución cobra valores no autorizados?

El reglamento es claro:

  • Todo cobro no autorizado debe ser reembolsado

  • El incumplimiento genera sanciones administrativas

  • Cualquier miembro de la comunidad educativa puede presentar una denuncia

  • El Ministerio realizará controles periódicos y aleatorios

Un cambio importante: derogatoria del reglamento anterior

El Acuerdo 2025-00030-A deroga expresamente el Acuerdo Ministerial MINEDUC-MINEDUC-2021-00061-A, actualizando el marco normativo para alinearlo con las reformas vigentes de la LOEI y su Reglamento General MINEDUC-MINEDUC-2025-00030-A

Conclusión

El nuevo reglamento de pensiones y matrículas en Ecuador busca equilibrar dos principios fundamentales:

  • La sostenibilidad de las instituciones educativas

  • La protección del derecho a la educación de niñas, niños y adolescentes

Para las familias, representa mayor claridad y control.
Para las instituciones, un marco normativo actualizado, técnico y transparente.
Para el sistema educativo, un paso hacia una gestión más ordenada y equitativa.